Proteger a la empresa ante la morosidad y/o posibles deudas incobrables implica la comprobación sistemática de los límites de riesgo de cada cliente activo. Es fundamental hacer un riguroso control del crédito y tener actualizadas las referencias de información de los clientes.

Muchas empresas son muy cuidadosas en la realización de controles de riesgo de crédito a nuevos clientes, pero  es igual de importante comprobar que dicha información está actualizada. Dado que la situación de solvencia de nuestros clientes puede cambiar rápidamente, nunca ha sido tan importante como ahora, validar de forma continua todos los datos sobre nuestros clientes activos. En caso que un cliente esté en problemas, no debemos ser los últimos en saberlo.

Requisitos para la concesión de un límite de crédito

Es indispensable que el límite de crédito concedido a cada cliente cumpla una serie de requisitos:

1.– Que sea estimado por un método objetivo, contrastado y dinámico, estableciendo revisiones periódicas.

La información comercial y financiera de una empresa está en Internet a un clic y a bajo coste: no hay excusa para no comprobarla. Aunque con cierto retraso, el sistema del Registro Mercantil hace que se publiquen los balances. También se ha de consultar la base de datos del RAI o las incidencias judiciales (embargos, sentencias, etc.). A diferencia de los depósitos de cuentas anuales dicha información se actualiza de forma constante. Reunir toda esta información es una tarea laboriosa, por  lo que muchas empresas  confían en un tercero para utilizar un método objetivo y contrastado.

2.- Que sea establecido por otro departamento distinto al comercial. Esta verificación de clientes suele recaer en el departamento financiero de una empresa, ya que es el que tiene toda la información sobre el cliente: facturación, método de pago, plazo de cobro y morosidad, si la hubiera.

3.- Que guarde relación con el método de cobro utilizado y el plazo de cobro. La relación entre método/forma de cobro y plazo de cobro deberá de ser proporcional con el riesgo. Es decir, si el método de cobro es con tarjeta no tengo riesgo, sin embargo con transferencia dependerá del plazo de cobro. Si el plazo de cobro de nuestros clientes es al contado, el riesgo que le otorgaremos será mayor que si su método de cobro es a 30 días, y así en línea con los días de vencimiento.

4.-  Por último, tiene que guardar coherencia con el volumen de ventas. Esto significa que el riesgo con cada cliente deberá de ser proporcional con el volumen de ventas, no es lo mismo el riesgo con un cliente que tengamos unas ventas anuales de 100.000 euros que con un clientes que sus ventas anuales sean de 1.000.000 de euros.

Concluimos por tanto,  que realizar controles de riesgo a nuestros clientes es fundamental para mantener la solvencia financiera de nuestra propia empresa.